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Colonense, colombianos y estupefacientes a Canadá

En el año 2014, cuatro hombres, dos de ellos colombianos, fueron detenidos, tras ser acusados de integrar una banda que intentó enviar al exterior dos encomiendas con 14 kilos de cocaína dentro de pistones sellados.

El Ministerio de Seguridad de la Nación informó que los sospechosos fueron aprehendidos, luego de que personal de Aduana detectara 10 kilos de cocaína en una empresa de correos ubicada en la Capital Federal: la droga estaba dentro de los pistones que iban en una encomienda con destino a Camerún.

A partir de ese hallazgo, el juez Penal Económico Ezequiel Berón de Astrada inició una investigación que la llevó a cabo la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA). Así, se determinó que el remitente de la encomienda era el imputado Pablo Gabino (33), quien residía  en Colón y usaba dos autos, uno de ellos a nombre del sospechoso Carlos Alberto Valacco (56).

De acuerdo al comunicado de la pesquisa, Valacco tenía domicilio en Salto, provincia de Buenos Aires, y sobre él pesaba un pedido de captura del Juzgado Federal Nº 6.

Tras un entrecruzamiento de llamados con el  teléfono celular de Valacco, los investigadores comenzaron a sospechar que la banda enviaba encomiendas también a Canadá. Además, se establecieron contactos con números de Bolivia y que una de esas líneas era utilizada por el tercer acusado, Fabio Caballero Reyes (44), de nacionalidad colombiana.

En mayo, los efectivos de la PSA detectaron una segunda encomienda que tenía como destino Canadá y dentro de la cual hallaron otros cuatro kilos de cocaína ocultos en los pistones sellados.

Los investigadores realizaron cinco allanamientos, uno  en Colón (cercano a calle 42 y 18), Salto, el conurbano bonaerense y la Capital Federal en los que arrestaron a Gabino, Valacco y Caballero Reyes y a otro colombiano: Iván Colombo Gómez (45), quien había estado preso en Colombia por tráfico de heroína y fue investigado por la DEA estadounidense.

Logística Internacional

La banda operaba desde los puertos marítimos y aéreos de ciudades como Cali, Cúcuta, Pereira, Buenaventura, Medellín y Cartagena. Y utilizaba como países de tránsito a Venezuela, Panamá, Nicaragua, Costa Rica, Ecuador, República Dominicana, México, Brasil y Argentina. Algunos envíos eran fletados en aviones privados y transportados hasta Venezuela como puente para llegar, previa escala en Santo Domingo, a México. Desde allí la droga era introducida a Estados Unidos. Además la organización ubicaba personas de otras nacionalidades, especialmente estadounidenses, quienes transportaban la droga como mulas en cruceros que recorrían las islas de Aruba, Margarita y Curazao, antes de entrar a territorio norteamericano. En Total fueron detenidas 117 personas.

El Juicio Federal

En el  dos mil dieciséis, se reúne el Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 1, con la asistencia del Secretario, Dr. Andrés José López, para dictar sentencia en la presente causa N° CPE 561/2014/TO1 (Nro. interno 2561/14), caratulada: «Gabino, Pablo Gerardo; Valocco Carlos;Caballero Reyes, Favio Augusto; Colombo Gómez

El Procedimiento

El procedimiento se llevó a cabo el día 23 de abril de 2014 por funcionarios de la División Drogas de la AFIP-DGA. Conforme surge del acta nro. 3611/14 DV DROG, el personal preventor se encontraba realizando tareas de rutina en el predio de la firma UPS ubicado en la calle Saénz Peña 1351 de la Capital Federal , oportunidad en la cual se efectuó el control respecto de la mercadería amparada con la guía aérea 1Z5V618W0458350370 que consistía en una caja de madera que tenía adjunto un sobre transparente que contenía, además de la guía, una factura comercial proforma -por triplicado.

En este sentido una vez separado el bulto, se convocó la presencia del agente Mariano Candas junto con su can especializado para la detección de sustancia estupefaciente llamado “Moncho”. El procedimiento finalizó con el secuestro de sustancia estupefaciente la que se encontró oculta en un tubo cilíndrico dentro del envío referido. Como consecuencia de las tareas de investigación realizadas por la Fiscalía de instrucción a cargo logró efectuar la detención de las personas posiblemente responsables los cuales son los acusados.

La declaración del colonense

El imputado Pablo Gabino, reconoció haber realizado los envíos secuestrados pero que desconocía totalmente la existencia de sustancia estupefaciente en los mismos. A su vez, expresó que no formaba parte de ninguna organización delictiva dedicada al tráfico de estupefaciente y que su medio de vida era el trabajo en el campo –cría chanchos y lechones- y el trabajo que tiene en un centro de copiado y librería junto a su ex esposa.

Además, expresó que realizando trabajos agrícolas conoció a Carlos Valacco y que le dijo que conocía personal que producían repuestos industriales que eran vendidos en distintos locales del mundo para máquinas que necesitaban una reparación en el extranjero y que preferían que los elementos sean exportados desde Argentina porque el costo de fabricación era menor.

Por otra parte, Valacco le avisó que lo habían llamado para mandar un repuesto de una cinta transportadora para una planta petrolera con destino a Sudáfrica. Que en atención a la situación de Valacco y que Gabino no podía usar su CUIT decidió realizar el envío respecto de lo cual los trámites iban a ser realizados por Valacco.  Que a Buenos Aires viajaron ambos a efectuar el pago del mismo, pero en UPS le dijeron que sólo podía despacharse una vez acreditado el depósito y por eso contrataron una KANGOO para trasladar el repuesto a Capital Federal. Que nunca sospechó del real contenido del repuesto ya que se trataba de mercadería industrial y que tenía la factura de fábrica del mismo. Que toda vez que su obligación era que el repuesto llegara a destino, se comunicó con UPS para controlar dicha situación y así cobrar por sus servicios. En relación al segundo envío, secuestrado el 6 de mayo de 2014, expresó que lo hizo a nombre de otra persona –ZANASSI- dado que no tenía factura y la AFIP pedía se acompañara también el depósito de pago y factura con copia de DNI.

La Condena del Tribunal

El Tribunal condenó el 19 de abril de 2016 a Pablo Gerardo Gabino, por ser coautor penalmente responsable del delito de contrabando de mercadería, agravado en función de la naturaleza de la misma -estupefaciente- y por su destino inequívoco de comercialización, llevado a cabo con la participación de más de tres personas, en grado de tentativa y reiterado en dos oportunidades las cuales concurren realmente entre sí, a las siguientes penas de cuatro años y diez meses de prisión y entre otras cosas inhabilitación por un año para el ejercicio del comercio, inhabilitación especial perpetua para desempañarse como miembros de la fuerza de seguridad, e inhabilitación por nueve años y ocho meses para desempeñarse como empleado o funcionario público.

También a Carlos Alberto Vallaco por ser coautor penalmente responsable del delito de contrabando de mercadería, agravado en función de la naturaleza de la misma -estupefaciente- y por su destino inequívoco de comercialización, llevado a cabo con la participación de más de tres personas, en grado de tentativa y reiterado en dos oportunidades las cuales concurren realmente entre sí, a las siguientes penas: a) cuatro años y diez meses de prisión, inhabilitación por un año para el ejercicio del comercio; d) inhabilitación perpetua para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad; e inhabilitación por nueve años y ocho meses para desempeñarse como empleado o funcionario público.

Por su parte, Fabio Augusto Caballero Reyes  fue condenado  por ser coautor penalmente responsable del delito de contrabando de mercadería, agravado en función de la naturaleza de la misma -estupefaciente- y por su destino inequívoco de comercialización, llevado a cabo con la participación de más de tres personas, en grado de tentativa y reiterado en dos oportunidades las cuales concurren realmente entre sí, a las siguientes penas a cinco años de prisión  e inhabilitación especial por un año y seis meses para ejercer comercio, inhabilitación por diez años para desempañarse diez años para desempañarse como empleado público

Por último, condenó a Ivan Colombo Gómez a tres años y diez meses de prisión inhabilitación por un año para el ejercicio del comercio; d) inhabilitación perpetua para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad; e inhabilitación por nueve años y ocho meses para desempeñarse como empleado o funcionario público.

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