Generales
Condenan a un hombre por homicidio culposo de un motociclista en la Ruta 94
28 de Marzo de 2026 | Venado 24
El juez penal Adrián Fabio Godoy condenó hoy viernes a Juan Alfonso S., vecino de la localida de Teodelina de 81 años, como autor del delito de Homicidio Culposo Agravado por el empleo de un vehículo con motor. La pena impuesta fue de dos años y nueve meses de prisión de ejecución condicional y siete años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores, más las costas del proceso.
El hecho que motivó el juicio ocurrió la noche del 25 de diciembre de 2020, pasadas las 21.30, en la Ruta Provincial 94, entre los kilómetros 46 y 47, jurisdicción de Santa Isabel. Esa noche, Juan conducía un Fiat Cronos en dirección Norte-Sur cuando, al tomar una curva, invadió el carril contrario y colisionó de frente con la motocicleta Guerrero GMX 150 que conducía Juan Carlos Dobler, de 36 años, quien circulaba en sentido contrario junto a un grupo de personas que regresaban desde Villa Cañás. Dobler fue despedido por el impacto y falleció mientras era trasladado al Hospital Regional de Venado Tuerto, a causa de un shock hipovolémico producido por los politraumatismos sufridos.
La acusación y la reconstrucción del hecho
El fiscal Iván Raposo (asistido por los agentes fiscales Facundo Peña y Candela Junquera Felici) sostuvo a lo largo del debate que Juan inobservó su deber de cuidado al invadir el carril contrario en una curva, violando expresas disposiciones de la Ley Nacional de Tránsito. La acusación fue acompañada por la querella, ejercida por el doctor Luis Pablo Ditieri en representación de la familia de la víctima.
La reconstrucción del hecho se apoyó en testimonios presenciales y en pericias accidentológicas. Los expertos Karina Gramajo y Dante Garay concluyeron que el punto de impacto se produjo sobre el carril de circulación de la motocicleta, y que el Cronos quedó detenido con su eje longitudinal sobre la doble línea amarilla de la calzada. Fotos tomadas por el oficial policial en el lugar del siniestro, analizadas por ambos peritos, resultaron determinantes para sostener esa conclusión.
La defensa y los planteos rechazados
Los abogados Sebastián Gabriel Heit e Iván Gastón Heit, defensores de confianza del acusado, cuestionaron la validez del sumario policial inicial, la cadena de custodia de las fotografías y la contradicción entre los dos informes periciales de Gramajo. Sostuvieron que el caso presentaba más dudas que certezas y reclamaron la absolución por aplicación del principio in dubio pro reo. Para el hipotético caso de una condena, pidieron que la pena fuera de cumplimiento condicional y ajustada al mínimo legal.
El juez Godoy rechazó todos los planteos de invalidez procesal. Consideró que las deficiencias en la labor de la sumariante no afectaban la validez de las pruebas producidas, que habían estado a disposición de la defensa en todo momento. Respecto a los dos informes de Gramajo, el magistrado explicó que el segundo no era contradictorio sino correctivo del primero, elaborado inicialmente sin contar con las fotografías en color del lugar del hecho.
La pena y los fundamentos
Al momento de determinar la pena, el juez Godoy encuadró el caso en el primer párrafo del artículo 84 bis del Código Penal (homicidio culposo agravado por el empleo de vehículo automotor, con una escala de dos a cinco años de prisión) y descartó la aplicación del segundo párrafo, que hubiera elevado el piso a tres años, al no verificarse circunstancias como fuga, conducción bajo efectos del alcohol o exceso de velocidad acreditado.
Para graduar la sanción, el magistrado valoró como agravantes la irreversibilidad del daño causado (la muerte de un hombre de 36 años), la condición del acusado como conductor experimentado con antecedente de habilitación D1, y su familiaridad con el tramo de ruta donde ocurrió el siniestro. Como atenuantes, tuvo en cuenta la ausencia de antecedentes penales computables, el ajuste de la conducta procesal a lo largo de todo el proceso y la avanzada edad del condenado, 81 años al momento del fallo.
La madre de la víctima, Julia María Varisco, prestó declaración de impacto ante el tribunal. Entre lágrimas, describió el dolor que atraviesa desde aquel 25 de diciembre: “Era un día de fiesta y mi hijo me dijo que volvía a cenar, pero no volvió más“, expresó.
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