La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) dispuso la suspensión temporal de aquellas empresas y personas que actuaron como agentes de recaudación, retuvieron o percibieron impuestos provinciales por más de $100 millones y no los ingresaron dentro de los plazos legales. La medida quedó establecida en una resolución publicada en el Boletín Oficial y marca un nuevo mecanismo para enfrentar casos de defraudación fiscal.
El director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, sostuvo que “los agentes de recaudación incurren en defraudación fiscal cuando mantienen en su poder impuestos percibidos o retenidos más allá del tiempo permitido. Frente a esas conductas, avanzaremos con suspensiones temporales para garantizar la correcta percepción de los pagos a cuenta y proteger los recursos públicos”.
Según establece el Código Fiscal, la retención de fondos ya declarados sin ser ingresados habilita multas y sanciones. Con la suspensión, los sistemas de ARBA bloquearán toda declaración o pago vinculado a los períodos y regímenes afectados.
Girard explicó que la suspensión se levantará cuando el contribuyente regularice su situación, abone los importes declarados y no ingresados y vuelva a estar en condiciones de operar. También se prevén agravantes: si la irregularidad persiste o la deuda no se regulariza, la Agencia podrá profundizar las sanciones.
La resolución establece como causal de suspensión adeudar tres o más períodos mensuales, o seis o más períodos quincenales —continuos o alternados— que superen en conjunto los $100 millones. También se aplicará cuando exista un único período impago que supere los 60 días de vencimiento.
En ese marco, Girard señaló: “Esta medida se enmarca en el proceso integral que impulsamos desde la asunción del gobernador Axel Kicillof para reorganizar el sistema de Agentes de Recaudación. Nuestro objetivo fue reducir la cantidad de agentes para aliviar la carga administrativa sobre las PyMEs y, al mismo tiempo, bajar la intensidad de los adelantos a cuenta en Ingresos Brutos”. Destacó además que la política de devolución de créditos acumulados permitió reintegrar “más de un billón de pesos en saldos a favor” al entramado productivo.
La suspensión se formalizará a través de un acto administrativo notificado en el Domicilio Fiscal Electrónico del agente y quedará registrada en las bases de ARBA. Mientras esté vigente, las recaudaciones realizadas no podrán computarse como pago a cuenta por parte de los contribuyentes. Además, la persona o empresa afectada no podrá inscribirse en otros regímenes de recaudación hasta que se levante la sanción.
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