En un momento decisivo para la causa judicial que investiga la contaminación con agrotóxicos en Pergamino, la querella solicitó al Tribunal Oral Federal Nº1 que rechace de manera categórica el pedido del Municipio de levantar o morigerar las medidas cautelares que desde 2018 prohíben fumigar cerca de barrios urbanos y obligan a garantizar el acceso a agua potable. El escrito, presentado por la abogada y vecina afectada Sabrina Ortiz –junto al patrocinio letrado de Naturaleza de Derechos– sostiene que no existe ni un solo cambio fáctico, técnico o jurídico que justifique relajar estas restricciones. “El riesgo se reinstalaría, la contaminación será inevitable, y ante ello la prevención sigue siendo indispensable”.
El Municipio de Pergamino, con el acompañamiento de las Cámaras Empresariales y sectores del Agronegocio (CASAFE. AAPRESID y la Sociedad Rural) había pedido levantar las medidas señalando que transcurrieron más de seis años, que los valores de contaminantes están “dentro de parámetros legales” y que se aplican Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) bajo la norma IRAM 14130. También propuso crear un “Cuerpo Colegiado Multisectorial” para monitorear el uso de agroquímicos. Pero la querella respondió con firmeza: lo presentado por el Municipio –afirman– no es más que una puesta en escena institucional, que llega tarde y sin base científica ni normativa sólida.
Concretamente la querella cuestiona con dureza la validez de la certificación IRAM 14130, que consideran una norma técnica sin legitimidad ambiental, elaborada por entidades del propio agronegocio como AAPRESID y CASAFE. Denuncian que esa regulación fue construida desde la lógica de la autocontrol corporativo, sin participación ciudadana, sin enfoque precautorio ni evaluación de impactos acumulativos en salud y ambiente. La califican como “una ficción de trazabilidad responsable, sic, para legalizar lo inaceptable, que es el daño que provocan los agrotóxicos una vez que son liberados al ambiente”.
Uno de los ejes del documento de la querella gira en torno al concepto de “distancia de rescate”, como se ha denominado a las zonas de exclusión fijadas por la justicia: 1.095 metros para aplicaciones terrestres y hasta 3.000 metros para aéreas. Esta franja no es solo una medida judicial: es, según la querella, “el cordón sanitario que separa la vida de la enfermedad, el límite entre el veneno y la infancia, la barrera invisible que protege a quienes no pueden elegir dónde vivir y en todo caso eligieron, y es su derecho irrenunciable a que se lo respete y resguarde de las injerencias arbitrarias que representan las fumigaciones con venenos a metros de sus casas”.
Su levantamiento –advierte la querella – sería como retirar el chaleco salvavidas en medio de la tormenta, una regresión inaceptable que pondría nuevamente a la población en riesgo directo de exposición crónica a plaguicidas peligrosos. “La ‘distancia de rescate’ –agrega la querella – no debe ser entendida como un límite incómodo para el modelo productivo. Es la respuesta de la justicia frente a un Estado que, durante años, dejó en soledad a sus ciudadanos. Es el refugio que se construyó cuando ya nadie escuchaba. Su levantamiento sería no solo un acto temerario, sino un mensaje devastador para todas las comunidades fumigadas del país: que la salud sigue siendo negociable”.
Uno de los aportes científicos más significativos del expediente fue el de la ingeniera agrónoma Virginia Aparicio, investigadora del INTA Balcarce y perito designada en la causa, quien lideró tres campañas de muestreo de agua y suelo. Sus informes revelaron - por primera vez en el marco de una causa judicial de estas caracteristicas - la presencia de hasta 18 moléculas diferentes de agrotóxicos en las aguas subterráneas de Pergamino, también en los suelos de las viviendas de los vecinos y vecinas, entre ellas: imidacloprid, glifosato, atrazina, AMPA, 2,4-D, Imazapir y clorpirifos, todas de uso intensivo en la agricultura industrial actual.
Aparicio fue categórica: el filtro natural del suelo no logró evitar la migración de estos químicos a las napas, y la remediación futura sería “virtualmente imposible y extremadamente costosa”. Concluyó que lo único razonable es reducir al mínimo el uso de estos insumos para evitar daños irreversibles.
A ello se suma el estudio de genotoxicidad realizado por el equipo de la Dra. Delia Aiassa, que evaluó los núcleos celulares de personas expuestas a fumigaciones en barrios periurbanos de Pergamino, concretamente en todos los integrantes de la familia de Sabrina Ortiz, a los que se les encontró valores muy altos de Glifosato y su metabolito AMPA en sus cuerpos. Los resultados fueron categóricos: se hallaron daños genéticos significativos en células humanas, en comparación con personas no expuestas, principalmente en su hijo menor de 7 años en ese entonces. En términos científicos, se observó un aumento en la frecuencia de micronúcleos, una alteración reconocida como marcador temprano de daño genético y posible desarrollo de enfermedades crónicas, incluyendo el cáncer.
La querella resaltó el aspecto de la genotoxicidad de los agrotóxicos comprobado en la instrucción : “Estos resultados no dejan lugar a dudas: estamos frente a una exposición crónica a agrotóxicos con efectos genotóxicos concretos. Las alteraciones encontradas son una señal de alarma biológica. Las personas analizadas están sometidas a un riesgo real, medible y documentado”. Y se agregó: “No se trata de correlaciones indirectas. Estamos hablando de material genético humano alterado. Esto es evidencia directa del impacto en la salud, no una hipótesis”.
El informe de Genotoxicidad de la Dra. Aiassa se destaca por la querella, no solo tiene peso técnico, sino también carga moral: “Cuando una comunidad muestra daño genético en sus habitantes, no se puede seguir discutiendo si las medidas cautelares son exageradas. No se protege una economía cuando se sacrifica la salud. Se viola el principio más básico del derecho ambiental y del sentido común”.
Estos hallazgos –de enorme relevancia jurídica y científica– se suman al análisis del Dr. Damián Marino, quien advirtió que muchas de las aguas analizadas en Pergamino no serían aptas para consumo humano si se aplicaran los límites europeos, debido a la presencia simultánea de múltiples plaguicidas. Marino explicó que la toxicidad combinada (o aditiva) de estas sustancias, incluso a bajas dosis, aumenta exponencialmente el riesgo sanitario, y reclamó estudios de calidad del aire, de exposición por vía respiratoria y monitoreos permanentes que hasta ahora el Municipio nunca realizó.
Pero el aporte de Marino fue más allá. Recomendó estudios de calidad del aire, alertando sobre la posibilidad de que las sustancias aplicadas en forma líquida o sólida puedan volatilizarse y ser transportadas por el viento a más de 10 kilómetros de distancia, tanto en fase gaseosa como particulada. Este fenómeno –la deriva atmosférica– transforma cada aplicación en una amenaza no acotada a los campos: la convierte en una nube tóxica que puede atravesar calles, patios, pulmones.
Además Marino, sugirió realizar estudios epidemiológicos y de genotoxicidad para evaluar la relación entre los residuos detectados en el ambiente y las enfermedades registradas en la población, como ya se hizo en ciudades de Entre Ríos, Buenos Aires y Santa Fe. Su enfoque fue multidisciplinario y riguroso, integrando variables químicas, biológicas, meteorológicas y sanitarias.
En el escrito, la querella especifica que “el testimonio de Marino junto a la labor cientifica de las Dras. Aparicio y Aiassa, sumados los aportes del Biólogo Lajmanovich y los médicos Medardo Avila Vasquez y María del Carmen Seveso desmonta la idea de que no hay certeza. Son testimonios de conocimiento e informes técnicos que nos hablan de un escenario de daño plausible y documentado. No se trata de meras conjeturas, sino de evidencias construidas con instrumentos científicos que la municipalidad optó por ignorar”.
Más allá de los informes técnicos y los principios constitucionales invocados, el expediente también está atravesado por testimonios estremecedores de vecinos y vecinas de los barrios afectados, que hablaron durante la instrucción judicial.
Son relatos de cuerpos dolientes, de padecimientos concretos. Madres que vieron nacer a sus hijos con complicaciones, familias que enterraron a seres queridos con enfermedades oncológicas a edades insólitas, niños con sangrados nasales recurrentes, mujeres con pérdidas inexplicables de embarazos, jóvenes con trastornos neurológicos. Todos coinciden en una constante: las fumigaciones estaban “ahí nomás”, al otro lado del alambrado. Algunos declararon haber sentido el olor a veneno entrando por la ventana, otros relataron cómo las avionetas sobrevolaban las escuelas a plena luz del día, o como en la propia nochebuena, celebraron con el mosquito pasando por frente de sus casas.
Una vecina afirmó en la causa: “Nunca supe qué era un agroquímico hasta que mi hijo enfermó. Ahora sé que tiene nombre y que viaja por el viento”. Otra, con crudeza, dijo: “Nosotros teniamos un jardín. Ahora además tenemos miedo. Miedo a salir, a dejar a los chicos jugando, a respirar, miedo a beber agua, miedo a enfermarnos por no poder mudarnos”. Esas voces –dice la querella– son tan válidas como cualquier informe pericial: “Hablan desde el cuerpo. Y ese testimonio no se puede relativizar, tal como lo hace el Municipio”.
Frente a esa realidad, la querella con la firma de Sabrina Ortiz advierte que el intento de levantar las medidas sería una forma solapada de normalizar la exposición tóxica, de resignar la salud pública en nombre de la rentabilidad. “No se trata de discutir la eficiencia de las prácticas agrícolas, que es una entelequia impregnada de falacias de quienes solo buscan satisfacer sus ganancias a toda costa. Se trata de reconocer que hay vidas en juego, cuerpos expuestos, agua contaminada, ciencia que alerta y un Estado que debe proteger”.
El Tribunal Oral Federal Nro 2 de Rosario ahora tiene ahora la palabra en el marco de un proceso judicial penal que tiene en puertas el inicio del Debate Oral en el que quedará plasmado sobre la necesidad y pertinencia de las cautelares que el Municipio y el Agronegocio pretenden levantar.
La decisión no solo impactará sobre el derecho al ambiente sano y a la salud de los habitantes de Pergamino, también definirá si la justicia argentina puede ser un dique de contención frente al avance de un modelo productivo que, en nombre de la eficiencia, deja un reguero de enfermos y territorios degradados. Y principalmente si puede sostener esa línea invisible –la “distancia de rescate”– que separa la vida de la intoxicación, la prevención del olvido, la salud del lucro sin freno y un ambiente sano y digno de un escenario de letalidad.
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