Una nota periodística sobre un histórico espacio público y sumamente concurrido como es el área de la pista de atletismo del Parque Municipal “José de San Martín” desnudó la orientación que las autoridades de la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) pretenden darle al Distrito Pergamino.
El pasado jueves 29 de agosto se publicó en PRIMERA PLANA una nota respecto a la falta de un desfibrilador en la zona de la pista de atletismo y también referente al lamentable estado de los baños. No solo cuestiones reales y a la vista de todos sino que además viene generando distintos reclamos.
La jornada anterior a la publicación de la nota, se desarrollaron precisamente en el Parque Municipal, las jornadas INTERCEC, que tenían el objetivo de conmemorar los 75 años de la modalidad educativa Psicología, que en Pergamino nuclea a los Centros de Educación Complementaria (CEC) N°801, 802 y 803.
En ese marco, una de las integrantes del staff de redacción PRIMERA PLANA cumple tareas como docente y participó de esa actividad. Su presencia en las jornadas INTERCEC permitía la cobertura del evento para el medio, razón por la cual ese era el plan ideal.
No obstante, y para sorpresa de todos, a las horas de publicada la nota titulada ¿Qué pasó con el desfibrilador de la pista de atletismo?, la docente fue citada por la inspectora de educación de la rama Artística, cuya oficina funciona en el edificio del Correo Argentino, donde casualmente también lo hacen distintas dependencias de la Municipalidad de Pergamino.
La docente, en ese acto, fue rodeada por las inspectoras de Región 13, Patricia Valdez, María de los Angeles Cernadas y Romina Virginia Aguilar, quienes llamativamente le expresaron su preocupación por el contenido de la nota periodística y la indagaron de distintas formas sobre esa publicación.
NOTA RELACIONADA: https://www.primeraplana.com.ar/que-paso-con-el-desfibrilador-de-la-pista-de-atletismo/
Las autoridades, que responden a Federico Castellano, inspector de la Región Educativa 13 de DGCyE, no se cansaron de leer varias veces la nota a la docente -que nada tuvo que ver con esa pieza periodística específica publicada- junto a artículos del Estatuto Docente; principalmente el que señala guardar secreto sobre lo que ocurre -que solo aplica a instituciones educativas, pero no a espacios públicos- y se esforzaron en insistir, de acuerdo a la imaginación de éstas autoridades, que quién la redactó la nota participó de las jornadas INTERCEC.
Más allá de la errónea acusación, Valdez, Cernadas y Aguilar pretendieron, por todos los medios, justificar el pobre estado de los sanitarios y la ausencia del desfibrilador.
De acuerdo al flaco argumento esgrimido por las inspectoras, en el artículo publicado se expuso la intimidad de los niños que asistieron a la actividad.
La docente fue injustamente sometida a una maniobra de carácter intimidatorio y se vio obligada a firmar un acta de la cual seguramente desconoce sus consecuencias, además de atravesar un momento sumamente incómodo.
En esta línea, PRIMERA PLANA garantiza el resguardo de las fuentes en el ejercicio del periodismo porque es una cuestión fundamental para avalar la libertad de prensa. En Argentina, el Artículo N° 43 de la Constitución Nacional establece que “no podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística”.
El secreto profesional de los periodistas implica que estos tienen el derecho y el deber de no revelar sus fuentes, salvo en casos excepcionales donde la ley lo requiera. Este derecho está respaldado por la necesidad de proteger la integridad de las fuentes y asegurar que la información fluya libremente.
A su vez, siempre está a disposición el Derecho a Réplica, un mecanismo legal que permite a una persona responder a informaciones inexactas o perjudiciales publicadas en los medios de comunicación. Ese derecho está contemplado en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ley N° 26.522), específicamente en el Artículo N° 64.
La lamentable postura de las autoridades
Los intentos de regular, controlar, limitar o censurar los contenidos en los medios de comunicación no son nuevos. Lástima grande que ese accionar germine desde autoridades que deben garantizar la educación como un acto de libertad.
Nuestro país posee una protección constitucional a la libertad de prensa y opinión. Convenciones vigentes e incorporadas a nuestro ordenamiento interno han ratificado este principio rector de las democracias modernas. También el Congreso de la Nación ha sancionado la ley 26.032 que dice: “La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión”.
Numerosos fallos dictados en varias jurisdicciones y confirmados por la Corte Suprema de Justicia han reiterado el valor que tiene en las sociedades modernas la libre circulación, publicación y difusión de ideas.
Ha dicho el Máximo Tribunal, citando a Alexis de Tocqueville, que la libertad de prensa goza en nuestro ordenamiento de una posición privilegiada. Y esto no podría ser de otro modo, puesto que la sociedad contemporánea respira a través de la información y de la comunicación, de modo tal que en un país donde rige ostensiblemente el dogma de la soberanía del pueblo, la censura no es solamente un peligro, sino un absurdo inmenso.
Cualquier supuesto intento por proteger el “espíritu” o el “bien” resuena más a esta obsoleta costumbre que han tenido gobiernos de distinto signo por controlar y regular aquello que se le escapa de su esfera tradicional de poder.
Los responsables de la Región 13 de la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) Distrito Pergamino deben tener un baño de madurez y responsabilidad y reconocer que el desafío es aceptar una única libertad de expresión humana, aquella que construye opinión pública libre, plural y solidaria.
De ello dependen las democracias y la supervivencia del mundo.
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