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Los dueños del vivero de marihuana allanado aseguran que son productores legales

El lugar está en Tablada y los vecinos dicen que allí el olor a esa sustancia era muy fuerte. Excedían el permiso de explotación del cultivo

A mediados de 2014, Juan Pablo S., un joven ingeniero industrial, comenzó a interiorizarse por la industria del cannabis para uso medicinal, hizo viajes, participó en grupos especializados y se contactó con laboratorios. Su idea era convertirse en productor, gestionar un vivero (indoor) y tener plantíos de cannabis. Para eso se inscribió, una vez que se reglamentó la ley de Uso Medicinal del Cannabis (27.350), en el registro Reprocann, y adoptó la resolución sancionada en 2021 que permitía producir con cierta tranquilidad. Pero un hecho casual, alguien que aparentemente extrajo plantas del cultivo y comentó de su existencia, derivó en una investigación llevada a cabo por el juzgado Federal 4 de Rosario, a cargo de Marcelo Bailaque y María Victoria Gastellu. Juan Pablo, además de su hermano Julio y el encargado del galpón, terminaron presos.

Luego allanaron en el barrio Martin las casas de Juan Pablo S., de su hermano Julio S., un contador, y se secuestraron autos de alta gama, una costosa embarcación deportiva, computadoras y celulares. También allanaron la casa de un hombre que sería el encargado del indoor y a quien apodaban “el jardinero”. Los tres hombres están alojados en una dependencia de la Policía Federal y a disposición del juzgado interviniente por infracción a la ley de estupefacientes 23.737.

“No se veía a diario mucho movimiento de gente, trabajarían de noche, por eso no llamaba la atención, lo que si el olor a marihuana era insoportable”, acotó un comerciante de la cuadra que recordó que hace unos siete meses que el vivero está instalado allí. En el tinglado, actualmente con faja de clausura, se aprecian cinco aireadores y esto también asombró a los vecinos por la cantidad. "Parecía el Titanic”, dijo otro vecino. “El miércoles vino un camión y se llevó varias cosas, y muchas plantas”, sintetizó una mujer que vive en las inmediaciones.

En ese galpón de casi 300 metros cuadrados, al que se accede por un playón, se apreciaba infraestructura y tecnología de punta. “Cámaras de seguridad, extractores de aire industriales, sofisticados aireadores que se proyectaban al techo simulando chimeneas, sistemas electrónicos de ventilación, control automático de temperatura ambiente, riego, aires acondicionados, ventiladores especiales,iluminación específica y gran cantidad de nutrientes químicos y fertilizantes de todo tipo. Todo eso generaba un microclima ideal para la siembra y cosecha de marihuana”, indicaron los investigadores.

El lugar era supervisado por un “jardinero 24/7”, como se dice en la jerga, el que seguía precisas instrucciones de su aparente jefe, Juan Pablo S. Según dichos de los mismos dueños del lugar, allí estaba la plantación de “los mejores cogollos del país”.

La defensa del caso la tomó el penalista Carlos Varela, quien explicó que “los detenidos son profesionales y pueden justificar tranquilamente su patrimonio y su actividad. Son productores de cannabis medicinal y trabajaban junto a un laboratorio, además tienen los papeles en orden. Ninguno de los tres detenidos tiene antecedentes de ningún tipo y son profesionales independientes y consultores de empresas”, aseguró.

“Julio era un asesor contable y Juan Pablo tiene algo más de compromiso, pero lo que se destaca es que están inscriptos legalmente en el programa Reporocam", dijo.

El gobierno nacional reglamentó en 2021 a través de una resolución del Ministerio de Salud cómo es el funcionamiento del Sistema de Registro del Programa de Cannabis (Reprocann). Para inscribirse es requisito para los pacientes que consumen contar con indicación médica de uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico. "Los usuarios y usuarias que acceden a la planta de cannabis y sus derivados, los terceros cultivadores y los médicos tratantes deberán contar con usuario vigente en la plataforma: Argentina.gob.ar", dice la resolución. En el anexo II se autoriza el “cultivo de entre 1 y 9 plantas florecidas, en hasta seis metros cuadrados en interior -en el exterior no estará permitido cultivar- y se pueden transportar entre 1 y 6 frascos de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores secas”.

Varela expresó que “si bien estaban excedidos, hay evidentemente una zona gris, tanto en la resolución como en la ley. Las plantas mis clientes las entregaban a un laboratorio y se manejaban con las normas vigentes. Esta es una cuestión donde la conducta de mis defendidos es legal y puede discutirse el exceso o no, lo que sí es claro es que no hay en este caso una infracción a la ley de estupefacientes 23.737”, sintetizó.

 

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