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Ley de Salud Mental: una reforma propuesta que no resuelve problemas y nos empuja hacia el pasado.
03 de Mayo de 2026 | Primera Plana
Por Marcos Carini
El proyecto de modificación de la ley ya ingresó al Congreso. Lejos de aportar soluciones, reabre debates superados, se apoya en diagnósticos erróneos y omite el problema central: la sostenida falta de implementación y financiamiento de la ley 26.657. Esta legislación vino a abordar un problema creciente de salud mental pero jamás fue implementada, es decir la situación persistió inalterada, y ahora como solución se propone cambiar nuevamente la norma…
El proyecto de reforma de la ley de salud mental ya no es un borrador, fue presentado en el Senado y confirma lo que se venía anticipando. El debate, entonces, pasa a ser urgente. Había sido anunciada por el jefe de gabinete de ministros de Argentina, Manuel Adorni a través de redes sociales.
La ley vigente tiene un marco conceptual sólido, construido en acuerdo con estándares internacionales y aprobada por unanimidad en el Congreso en 2010 (reglamentada en 2013). No es una ley improvisada ni sectorial. Es el resultado de consensos amplios, interdisciplinarios y sostenidos en el tiempo.
La problemática de la salud mental plantea desafíos al sistema de salud y las respuestas necesarias para nada son obstaculizadas por la ley, de hecho, son posibilitadas por la misma. El problema en relación a la ley 26.657 es que nunca fue implementada más que parcialmente.
La propia norma establece un piso del 10% del presupuesto de salud para el área. Ese objetivo nunca se cumplió. En el mejor momento, se alcanzaron valores inferiores al 3%, y estimaciones recientes ubican la inversión en torno a un mínimo histórico para 2026 de 1,4%,. La semana pasada, en el marco del Tercer Encuentro Federal de Salud Mental realizado durante el Congreso Provincial de Salud, representantes de 18 provincias, entre ellas Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Neuquén, Tierra del Fuego y Misiones, firmaron un documento de rechazo. Advierten que la reforma “implica un retroceso en materia de derechos, al retirar fuentes de financiamiento esenciales y desarticular el enfoque comunitario”. Ninguna de esas provincias fue consultada durante la elaboración del proyecto.
Cambiar la ley sin implementarla
Frente a este escenario, la propuesta de reforma plantea volver a discutir el marco normativo. En términos de política pública, eso implica postergar nuevamente las soluciones: en lugar de aplicar una ley existente, se propone empezar de nuevo. Además, el contenido del proyecto no introduce innovaciones sustantivas. Por el contrario, retoma enfoques previos a la sanción de la ley actual. El proyecto de reformulación fue un problema antes, y volverá a serlo.
Internaciones: un cambio conceptual delicado
Uno de los puntos más sensibles es la modificación del criterio de “riesgo cierto e inminente”, que regula las internaciones involuntarias. Muchos medios repiten sin reflexionar ni leer la norma vigente que las internaciones no son posibles actualmente o que para hacerlas hay que preguntarle al paciente si desea internarse; se trata de una mentira más, quizás la más pregnante en nuestra sociedad. Hoy, la ley establece que, ante una situación de riesgo, dos profesionales deben evaluar el caso y decidir si corresponde una internación sin consentimiento, es decir si existe riesgo: se debe internar.
Este criterio reemplazó al antiguo concepto de “peligrosidad”, justamente por su potencial para habilitar decisiones arbitrarias. El proyecto no usa la palabra "peligrosidad". Pero la introduce por la ventana. La Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata fue clara: considerar "antecedentes previos e ideación pasada" para fundamentar una internación amplía el margen de discrecionalidad para privar de libertad a una persona y equipara el sufrimiento psíquico con peligrosidad, que es exactamente el estigma que la ley actual busca desmontar.
A esto se suma otro cambio: la posibilidad de que la internación se defina con la indicación de un solo profesional. La simplificación del procedimiento puede parecer operativa o pragmática, pero comprime los controles en decisiones de altísimo impacto. Piense el lector que podría ser internado por el acuerdo entre por ejemplo un familiar y un solo profesional y que además la duración de la internación quedará sujeta a criterios igual de incomprobables.
El desplazamiento de la interdisciplina
Otro eje central es la recentralización de la psiquiatría en detrimento del enfoque interdisciplinario. La ley vigente se basa en la idea de que la salud mental no puede ser abordada desde una sola disciplina. Psicología, trabajo social, terapia ocupacional, enfermería y otras áreas forman parte de un entramado que permite comprender y tratar la complejidad de los problemas.
El proyecto altera ese marco. No solo jerarquiza una disciplina por sobre las demás, sino que además lo hace en un contexto donde ni siquiera existe disponibilidad suficiente de profesionales para sostener ese modelo a nivel nacional. La psicología, en particular, cuenta con formación y evidencia suficiente para participar en evaluaciones clínicas, incluidas aquellas que pueden derivar en internaciones. El resultado es doble: por un lado, un retroceso conceptual; por otro, una dificultad práctica evidente para su implementación.
La falsa discusión pública
Mientras tanto, en la esfera pública se instaló una idea que condiciona todo el debate: que el aumento de los problemas de salud mental y de los consumos problemáticos es consecuencia de la ley vigente. Esa afirmación es obviamente falsa.
Las leyes no producen soluciones por sí mismas. Son herramientas. Lo que engendra resultados es su implementación: la creación de dispositivos, la inversión sostenida, la organización del sistema. Centros de día, dispositivos sociolaborales, redes comunitarias, equipos en atención primaria (salas de atención barriales) preparados para la atención de la salud mental, la intersectorialidad y hasta la integración del sistema público con el privado para lograr acceso y calidad: todo eso está previsto en la ley vigente. Pero en las diferentes jurisdicciones del País la implementación oscila entre inexistente e insuficiente.
La falta de respuesta no se explica por la ley, sino por su incumplimiento.
Sin embargo, cuando una idea tiende a instalarse en la representación social, puede adquirir fuerza política. Y hoy se observa una demanda de cambio basada, nuevamente, en un diagnóstico incorrecto.
Instituciones, mercado de la salud mental y acceso
El análisis institucional permite ver con más claridad quiénes se benefician y quiénes se perjudican con la reforma.
El proyecto habilita y promueve la expansión de dispositivos de internación, en particular en el ámbito privado. Pensar, en el contexto de desinversión estatal actual, que un marco normativo nuevo fomentará la creación de dispositivos públicos, es decir de acceso masivo, es cuanto menos una idea ingenua. Esto reabre una lógica históricamente problemática: internaciones prolongadas, costosas, inaccesibles y muchas veces desvinculadas de criterios clínicos.
El impacto es directo sobre el sistema público. Más del 40% de la población depende exclusivamente de él. Sin financiamientos (delegados a las provincias en la nueva norma) y sin desarrollo de redes territoriales, ese sector queda en una situación de mayor vulnerabilidad aún. Tratándose de tratamientos muy costos es esperable también que las coberturas mediante los sistemas de obras sociales y muchos de los planes de las prepagas se desentiendan de las coberturas. Cambios conceptuales, como el reemplazo de la noción de padecimiento por la de trastorno mental, podrían restringir más aún el acceso y cobertura de la atención en situaciones que hoy forman parte de la demanda cotidiana del sistema. Esto incluye, por ejemplo, crisis vitales, situaciones de angustia, duelos, consumos problemáticos o malestares subjetivos que no encuadran en un diagnóstico psiquiátrico estricto, pero que hoy constituyen una parte sustancial de la demanda en salud mental. De limitarse la cobertura a “trastornos”, estas situaciones podrían quedar excluidas o con mayores barreras de acceso.
La pregunta de fondo
El debate no es mayoritariamente técnico, como se plantea, ya que los abordajes conceptuales que se pretenden retomar fueron superados hace décadas en los consensos académicos y científicos. Es, entonces fundamentalmente político.
¿Queremos un Estado que regule y construya un sistema de atención de la salud mental?, ¿O queremos un sistema donde la respuesta dependa, casi exclusivamente, de la capacidad de pago? La ley vigente, con todas sus deudas de implementación, se inscribe en el primer modelo limitando, sin impedir, al segundo. La reforma propuesta se orienta exclusivamente hacia el segundo.
No se trata solo de modificar una norma. Se trata de decidir qué sistema de salud mental queremos y para quién. En todos los casos, sin inversión, toda ley es una letra vacía.
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