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Claves de la condena a perpetua por la violación y femicidio de una nena

Un tribunal aplicó esa figura penal pese a que no había relación previa entre el atacante y Guadalupe Medina, 12 años, asesinada en villa Banana, Rosario. Un fallo con perspectiva de género que sienta un precedente en la provincia

El crimen de Guadalupe Medina, una nena de 12 años estrangulada tras sufrir una violación atroz en un pasillo de villa Banana, consolidó un nuevo caso en el que se aplicó la figura de femicidio en la provincia pese a que no existía una relación previa entre la víctima y el agresor. Los indicadores de violencia física, sexual y simbólica —ejercidos por un hombre de 30 años contra una niña desamparada y vulnerable— impregnaron de perspectiva de género al debate oral que finalizó el mes pasado con la condena a prisión perpetua de Sergio Javier Saravia. El vecino que de manera azarosa resultó positivo en un análisis de ADN cuando la investigación se había empantanado y el caso parecía en riesgo de no aclararse.

El delito de femicidio, la figura penal que se incorporó en 2012 a la legislación argentina, encontró en Guadalupe a una de sus víctimas de más corta edad. Las razones por las que tres jueces escogieron ese encuadre están expresados en el extenso fallo con los fundamentos de la sentencia. El escrito no sólo describe la crueldad a la que fue sometida la nena en el umbral de su muerte, sino también los testimonios y evidencias que exponen a Saravia como el agresor.

“El accionar de Saravia tuvo como objetivo a una niña de tan sólo 12 años de edad, en la noche, en una vivienda en construcción abandonada”, consideraron Nicolás Vico Gimena, Rodolfo Zvala e Ismael Manfrín. Para el tribunal, el crimen evidenció “el ejercicio pleno de una desigual relación de poder entre un hombre maduro y una niña”, a quien sometió “maltratándola, subordinándola, desvalorizándola, aumentando el factor de vulnerabilidad de la víctima por ser mujer, a punto tal que si no hubiese sido una mujer hoy estaría viva”.

Los jueces condenaron a Saravia a prisión perpetua como autor de un abuso sexual seguido de muerte y de un femicidio. La primera es la clásica figura que por años se asignó a este tipo de casos. La segunda se aplica cuando un hombre mata a una mujer mediando violencia de género. Las dos admiten la misma pena, lo que cambia es la dimensión conceptual. Con el encuadre de femicidio, el tribunal no sólo da por probada la materialidad del ataque sino que también pone de resalto los patrones culturales de dominación y desigualdad cultural que distinguen a estos crímenes.

  Ese enfoque habían requerido tanto el fiscal Alejandro Ferlazzo como los querellantes del Centro de Asistencia Judicial (CAJ) Valentín Hereñú y Jorge Haurigot; estos últimos en busca de jurisprudencia para probar que no se requiere una relación de conocimiento previo entre la víctima y el victimario para que exista un femicidio. Un precedente fue la condena a perpetua dictada en noviembre de 2017 por la violación y muerte de Marlene Franco, de 21 años, en Oliveros.

Un cuerpo en el barro

Guadalupe fue encontrada muerta la mañana del 25 de mayo de 2016 en una construcción sin terminar, a unos cincuenta metros de la entrada a un pasillo de Lima 2940. Era un lugar que según los vecinos se usaba como aguantadero: piso de tierra, paredes de ladrillo al cielo, sin puertas, techo ni ventana. Los policías que acudieron al llamado de los vecinos encontraron a la nena tendida boca abajo sobre unos escombros, entre charcos de una lluvia reciente, rodeada de basura y cerca de un colchón. Tenía una campera negra, zapatillas Nike, las rodillas embarradas, una calza arremangada en un tobillo.

Con heridas en el cuello, la lengua, la ingle y la pierna derecha, el cuerpo contenía además rastros del terrible tormento sexual que sufrió antes de morir estrangulada. La nena iba a séptimo grado pero en los últimos tiempos faltaba a la escuela, se iba de su casa sin avisar, pasar algunos días afuera. “Era una chica muy buena, no tenía conflictos con nadie”, dijo el fiscal.

Por la que era su “junta” de entonces quedaron bajo sospecha tres soldaditos de la barra narco de Nelson “Pandu” Aguirre, condenado por homicidio. Pero no se encontraron registros genéticos de ellos en el cuerpo de Guadalupe y luego de dos años fueron desvinculados.

Con el tiempo, a la abogada querellante del CAJ que representaba a la familia de la nena se le ocurrió comparar el ADN de Saravia, quien había sido condenado a 9 años y medio de prisión por una violación cometida ocho meses después, a siete cuadras del lugar del asesinato. En ese caso de enero de 2017, una comerciante fue sometida a violentas vejaciones por parte de un hombre que la esperó en la entrada a su casa, la amenazó con un cuchillo, encerró en el baño a sus hijos y un sobrino y la ahorcó hasta provocar su desvanecimiento y darla por muerta. “No te puedo dejar viva”, le dijo. Pero ella sobrevivió y apuntó a su vecino Saravia.

Este hombre, al que le dicen “Vizcacha”, vivía a escasos metros de las casas de las dos víctimas. Un testigo lo había mencionado como alguien a quien vio conversando con Guadalupe cerca de la tapera en un momento cercano a la hora estimada de muerte, alrededor de la 1 de la madrugada. Como el material genético del acusado estaba preservado se hizo un cotejo. La Unidad Genética Forense del Instituto Médico Legal encontró el perfil del detenido en hisopados bucales, vaginales y ambas manos de la nena: la coincidencia fue absoluta. Se repitió el análisis y volvió a coincidir.

Saravia llegó a juicio a fines de noviembre acusado de “haber abusado sexualmente de Guadalupe mediante penetración anal y vaginal, produciendo durante el ataque diferentes lesiones y ahorcamiento, lo que causó su muerte por asfixia mecánica”. El fiscal dijo que “ejerció una violencia despreciable sobre el cuerpo de una niña” en un contexto vulnerable. La querella presentó el caso como “una expresión máxima del machismo”.

Como estrategia de defensa, el acusado admitió haber tenido relaciones sexuales con la nena pero dijo que fueron “consentidas” y que él no la mató. Una vecina lo describió como “una persona tranquila que no parecía capaz de hacer algo así” y quizás por ese motivo, especuló, fueron señalados a otros muchachos con imagen negativa en el barrio.

La mamá de Guadalupe habló de todo lo que sufrió la pérdida de su hija y contó que la nena estaba rebelde, no se quedaba en la casa, no le hacía caso. Según el fallo, la red de contención familiar y a nivel de las instituciones estaba dañada, pero esa vulnerabilidad “no se puede usar para culpabilizar a la víctima sino que serían condiciones de las que se prevaleció el agresor”.

Así lo planteó en el juicio la trabajadora social Andrea De Paul, quien analizó el caso a pedido de la querella. Dijo que sobre la niña se ejerció “violencia física, sexual y simbólica. Saravia usó a Guadalupe como un objeto, como si fuese una cosa. La violó y una vez muerta la descartó, lo que importa un acto de cosificación, clara demostración de una relación desigual de poder, matriz de la violencia machista”.

De ningún modo, dijo, puede llamarse relación sexual a lo que ocurrió en ese lugar: “¿Por qué tenía los labios rotos, la lengua lastimada, el cuerpo raspado entero? ¿Cómo explica las lesiones genitales? ¿Por qué se murió por asfixia? Es imposible llamar a esto relaciones sexuales”, planteó, cuando Guadalupe tenía sólo 12 años y sufrió “un acto violento, abusivo y mortal”.

Escenario repetido

Citando el protocolo latinoamericano para la investigación de muertes violentas de mujeres por razones de género, indicó que “la muerte de Guadalupe puede encuadrarse como un femicidio sexual no íntimo”, que ocurrió en el espacio público, un contexto común al de otras muertes violentas de niñas que también “suelen producirse por asfixia”.

En ese marco, los jueces aplicaron el concepto de femicidio como “la expresión extrema de violencia resultante de la posición de subordinación, marginalidad y riesgo en la cual se encuentran las mujeres”. Una violencia que genera “sumisión, desvalorización y daño”.

El tribunal señaló que según estudios de campo la mayoría de los femicidios tiene lugar en el ámbito de las relaciones de pareja, pero eso en modo alguno significa que la figura aplique sólo a entornos “íntimos” o de actores conocidos entre sí. El femicidio “no íntimo”, plantearon, involucra a hombres con quienes las víctimas no tenían contacto y frecuentemente está precedido por un ataque sexual. Lo que en este caso se vio agravado por “una considerable diferencia de edad y una evidente relación desigual de poder físico” con la niña víctima.

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