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IOMA le niega asistencia a anciana con cáncer

Los médicos consignaron que la mujer se encuentra imposibilitada de alimentarse por vía oral con alimentos sólidos y apenas tolera parcialmente líquidos. La Justicia de Morón conminó a la obra social para que le otorgue un botón gástrico. Ante el incumplimiento, el juez fijó la suma de $100.000 por cada día de retardo.

 La mujer de 88 años fue diagnosticada con cáncer de esófago en septiembre del año pasado, pero en los últimos meses su cuadro clínico se complejizó y ahora requiere mayor atención. IOMA negó a  la paciente el botón gástrico, la anciana presentó un recurso de amparo, la Justicia falló a su favor e impuso sanciones para los directivos y aún así, la obra social continuó con su negativa.

La medida cautelar en favor de la anciana fue dictada por un juez de Morón el pasado 18 de julio, diez días después de que la mujer no recibiera respuesta de IOMA, según inform+o el sitio Primer Plano Online.

La resolución, firmada por el juez Ricardo Fraga, del Juzgado de Garantías Nº 2 ordena no sólo la entrega de ese insumo sino también que la obra social le brinde a la paciente “atención domiciliaria integral de manera permanente con toda su extensión material y temporal, con las modificatorias que eventualmente pudiere prescribir el especialista tratante, bajo apercibimiento de aplicar sanciones pecuniarias compulsivas y progresivas”.

Cabe aclarar que en una endoscopía realizada en mayo de este año, los médicos consignaron que la mujer se encuentra imposibilitada de alimentarse por vía oral con alimentos sólidos y apenas tolera parcialmente líquidos, lo que trajo como consecuencia desnutrición y riesgo de deshidratación.

El trámite administrativo de parte de la familia ante IOMA se inició el pasado 7 de julio y desde entonces no obtuvo respuesta. Por eso optó por acudir a la justicia y consiguió el fallo favorable, pero ni así consiguió acceder al botón gástrico. Para el juez Fraga, el acceso a ese insumo “depende ya no la salud de la amparista, sino su subsistencia, y cuya privación pone en riesgo inminente su vida”.

La medida le otorgó un plazo de 48 horas a IOMA para brindar tanto el botón como para instrumentar la atención domiciliaria requerida por la paciente. Por eso, ante el incumplimiento reiterado, este martes el juez emitió una resolución complementaria: “corresponde fijar a modo de sanción conminatoria la suma de $100.000 (cien mil pesos) por cada día de retardo en la entrega del set alimentario y prestaciones médicas domiciliarias”, estableció el magistrado.

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