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Reglamentan el ATP bonaerense para ayudar a empresas en el pago de sueldos

Fue a través de la Resolución 240/2020 publicada en el Boletín Oficial, que lleva la firma de la titular de la ministra Mara Ruiz Malec.

El gobierno bonaerense reglamentó el Programa de Preservación del Trabajo (PPT), que contempla una compensación equivalente al 50% del salario mínimo por un plazo de tres meses, para contribuir al sostenimiento de las fuentes y puestos de trabajo en sectores de la actividad económica afectados por la pandemia de coronavirus (Covid-19).

La iniciativa está destinada a empresas y unidades productivas que se encuadren en términos de dotación de trabajadores y facturación como micro y pequeñas empresas, cuyos establecimientos se encuentren radicados en el territorio y que no superan los 60 empleados.

Además, el texto sostiene que podrán ser asistidos trabajadores de empresas recuperadas que se encuentren en fase inicial de recuperación pudiendo acreditar tal situación a través de documentación e información que dé cuenta de la intervención de la autoridad laboral

Para ello, deben estar en fase de conciliación, acuerdo o despido, proceso concursal o quiebra, cierre de establecimiento, inicio de trámite de figura jurídica asociativa de los trabajadores, entre otros elementos indicativos de proceso de recuperación de empresa por sus trabajadores.

Para acceder a los requisitos del ATP, las empresas deberán contar con personería jurídica otorgada o en trámite cuando se trate de empresas recuperadas en formación; inscripción en Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y en la Agencia de Recaudación de la Provincia de (ARBA); e inscripción en el Programa ActiBA del Ministerio de Producción bonaerense.

Asimismo, los empleados en relación de dependencia deberán presentar la última declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social presentada ante la AFIP; los trabajadores de cooperativas deberán presentar copia del libro de registro de socios e inscripción al monotributo, y los trabajadores con discapacidad deberán presentar certificado que acredite esa condición.

La asistencia prevista será incompatible con otras de similares características y por el mismo objeto, otorgada por cualquier otra jurisdicción nacional o provincial desde el 20 de marzo pasado, en el inicio de la cuarentena por la pandemia de coronavirus.

Los beneficiarios estarán obligados a mantener la dotación del personal al momento de la adhesión al programa; a computar el monto de la prestación dineraria como parte del sueldo y realizar el cálculo de los aportes y contribuciones sobre el salario total correspondiente en el caso de las personas trabajadoras en relación de dependencia.

En simultáneo, deberán abonar a los trabajadores el salario o retiros de excedentes vigente en los niveles que corresponda y cumplir con todas las obligaciones laborales, sociales y previsionales; y abstenerse de disponer despidos sin causa o por razones de crisis económica o fuerza mayor.

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