• cielo claro
    17 de Mayo de 2024
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El enojo de Villafuerte Ruzo con el intendente Martínez por las “afirmaciones inadecuadas que conspiran contra el avance de la investigación”

El juez que investiga las fumigaciones y la calidad del agua en Pergamino se pronunció respecto de la forma en que el Municipio realizó las apelaciones sobre la incompetencia y las nuevas medidas restrictivas

Nunca quedó tan evidencia la Municipalidad de Pergamino respecto de su posición frente a la Justicia Federal en la causa “S/Infracción al Art. Nº 55 de la Ley Nº 24.051 y 200 del C.P.” como en el último tiempo. Porque en un primero momento hizo una presentación para ser aceptada como parte querellante y como el juez la denegó, después solicitó la incompetencia del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Nº 2 de San Nicolás. A este último requerimiento, Carlos Villafuerte Ruzo tampoco le hizo lugar.

A partir de la resolución del nuevo límite restrictivo y de exclusión de 1.095 metros para las aplicaciones terrestres y de 3.000 metros para las aéreas, el temperamento del intendente Javier Martínez para dirigirse al juez parece haber cambiado drásticamente y Villafuerte Ruzo, como director de la investigación, no dejó pasar por alto cuestiones especiales que formaron parte de los últimos escritos presentados por el Municipio, que llevan la firma de Martínez.

Ante todo, en su último dictamen donde citó a prestar declaración indagatoria a los dos agentes que estaban al frente de la Dirección de Ambiente Rural, el juez le concedió a la Municipalidad de Pergamino los recursos de apelación interpuestos contra el resolutivo del 27 de agosto por el que se deniega el planteo de incompetencia y contra la resolución por la que se amplían las medidas precautorias del 3 y 17 de abril.

El magistrado dice en su resolución que no puede dejar pasar por alto expresiones plasmadas en los escritos del Municipio que "no favorecen el diálogo franco y respetuoso que debe existir entre las partes y el juez interviniente". Y asevera que "sin pretender intromisión alguna en los argumentos expuestos hacia el superior, no existe una contribución en los términos indicados si se reflejan en el discurrir procesal una afectación a las pautas de decoro o una intolerancia con fundamento crítico hacia una medida dispuesta". En otra parte de su resolutivo, Villafuerte Ruzo señala que "la libre interpretación que realiza el Tribunal acerca de los hechos y la valoración de la prueba, se sustenta en principios de equidad, debido proceso y garantías constitucionales. Por lo cual, no existe necesidad alguna de generar expresiones como el término 'caprichosamente', 'coloca al pueblo de Pergamino a la deriva' y 'decisiones de corte oportunista o político'”. Para el titular del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Nº 2 de San Nicolás, "el tenor de las mismas resulta improcedente desde todo punto de vista, en tanto la actividad instructora está enmarcada exclusivamente en los términos del Art. N| 193 y ccds. del C.P.P.N. y en el enfoque constitucional que el proceso penal merece".

De manera clara y concisa, la resolución remarca que "contrariamente a lo sostenido en la presentación, esas afirmaciones inadecuadas conspiran contra el avance de la investigación porque denotan acciones desmedidas y admonitorias que nunca existieron, quedando fuera del respeto mutuo las diatribas formuladas con tono descalificante hacia la magistratura, en su totalidad". En razón de las puntualidades que Carlos Villafuerte Ruzo expresa en su dictamen respecto al intendente municipal Javier Martínez, lo exhorta que "al momento de formular el ejercicio de sus derechos se abstengan de realizar manifestaciones como las indicadas, fijándose las expresiones de sus reclamos acorde a las pautas del buen orden y decoro en los juicios".

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