La operación puede realizarse desde la web www.monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal o desde la aplicación móvil "Mi Monotributo".
Además, desde la sede local de la entidad informaron que la nueva categoría comenzará a regir en febrero. "Hasta el próximo 31 de enero de 2021 los contribuyentes adheridos al monotributo deberán recategorizarse si registraron cambios en alguno de los parámetros previstos en el régimen simplificado para su actividad" indicaron las fuentes, tras lo cual precisaron que "la nueva categoría comenzará a regir en febrero".
Según informó la AFIP la operación podrá realizarse desde la web www.monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal o desde la aplicación móvil denominada "Mi Monotributo".
Por otra parte, el ente recaudador nacional especificó que para realizar el trámite los contribuyentes deberán tener en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores y/o la superficie afectada a la actividad en ese momento; y además informó que los valores para realizar la recategorización pueden consultarse en la página de la AFIP, donde se encuentra la tabla correspondiente y remarcaron que en caso de no completar al menos seis meses de actividad, se mantendrá la categorización inicial.
Por último, la AFIP recordó que existe un instructivo denominado "Recategorización" que se encuentra disponible en la web de la AFIP.
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