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    16 de Mayo de 2024
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Gustavo Apesteguia: "El Estado creó este problema y le tira el fardo a los particulares"

El director del Instituto de Derecho Agrario y Ambiental del Colegio de Abogados de Pergamino analizó la resolución dictada por el Juzgado Federal Nº 2 en torno a la prohibición de las fumigaciones en el aérea urbana y periurbana de nuestra ciudad: "habla de la gravedad de la situación" aseguró el abogado.

Gustavo Apesteguía es director del Instituto de Derecho Agrario y Ambiental del Colegio de Abogados de Pergamino y secretario del Instituto Argentino de Derecho Agrario. Una de las palabras más autorizadas para desglosar el significado de la resolución dictada por el juez Carlos Villafuerte Ruzo. En una entrevista brindada al programa Kairós de RADIO MÁS (FM 106.7) expuso las razones que a su parecer convierten la medida en una resolución sin precedentes.

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"Nosotros llevamos en el estudio una recopilación desde el 2002, de distintos fallos ambientales y los tenemos clasificados. Puedo decir que he visto pocos de este tenor, el calibre de esta medida cautelar tiene pocos antecedentes", aseveró el abogado y agregó "en esta instancia ni se habla de los cuatro imputados, se habla del problema ambiental de Pergamino. O sea, se imputó y se investigó el hecho denunciado que se le imputa a cuatro personas y pero el juez termina haciendo una investigación ambiental y dictando un fallo ambiental. Esto es muy interesante"

El director del Instituto de Derecho Agrario y Ambiental del Colegio de Abogados de Pergamino no dudo en afirmar que "hay un problema y es que el Estado no lo reconoce, o mira para el costado. También se ignora el problema por parte de algunos sectores productivos que solamente ven la producción, hay gente que está negando el problema". "Yo insisto -continuó Apesteguia- que con esta medida cautelar, que complementa a la anterior, ya se está planteando que la cuestión es más grave de lo que se suponía. Si bien, no descuida la cuestión del agua, que dice que es un tema que está siendo discutido, ahora le agrega el daño a la salud. Ahí plantea que se detectaron daños en la sangre y daños cromosómicos y el juez utiliza la palabra ‘daño’, y todos sabemos que jurídicamente la palabra daño tiene un sentido específico y todo daño significa ilicitud. Esa es la cuestión. Y genera el deber de hacerlo cesar y de repararlo, si es que se puede reparar el daño a la salud"

Al ser consultado respecto a la posibilidad de que el Municipio apele la medida, Apesteguia aseguró en RADIO MÁS que "toda resolución judicial es apelable, lo puede apelar el Municipio, pero no la puede detener. Las apelaciones no detienen las cautelares, esa es la regla, y más del tipo ambiental. Tengo entendido que el Municipio apeló la primera cautelar y entiendo que la resolución le fue desfavorable porque sino no estaría esta otra".

El secretario del Instituto Argentino de Derecho Agrario explicó también que una vez notificado, es el Municipio quién tiene la competencia para el control de las aplicaciones, y en esa línea, no escatimó palabras al hablar de los responsables: "esto no fue advertido por el Estado, el Estado creó este problema y ahora le tira el fardo a la gente" y agregó "yo creo que el Estado va a tapar esto, porque en general tapa estas cuestiones y va a hacer lo imposible para anular todo esto. No hicieron un diagnóstico de lo que podía ocurrir, o bien, lo tuvieron y no hicieron nada".

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Al finalizar el dialogo con el programa Kairós, Apesteguia habló de la relevancia de uno de los puntos de la cautelar: pedirle información al Municipio sobre el detalle de todos los pueblos rurales que integran el partido y la cantidad de habitantes. "La idea es calcular los límites de esos pueblos para extender la cautelar ampliatoria también a los pueblos. Lo cual habla de la gravedad de la situación"

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